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lunes, 20 de marzo de 2023

Cerrado

Aporte por Naturaleza de Sociedad Nueva

Deseo saber cual seria el procedimiento para hacer un aporte por naturaleza de un inmueble a una sociedad que se va a registrar como contribuyente por primera vez. El inmueble cuenta con titulo que no figura en la oficina virtual de la DGII, ya que se hizo una refundicion de varios certificados de titulos y un saneamiento (los cuales no figuran en la DGII)

Gracias de antemano,

Saludos

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Solución oficial

Buenas tardes, José. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, para solicitar incorporación de una Persona Jurídica Lucrativa con aporte en naturaleza debe agotar los siguientes pasos:

 

Paso I: Registrar el inmueble:

 

Para registrar un inmueble en la DGII debe depositar en la Administración Local a la que corresponde el inmueble los siguientes documentos:

  1. Formulario de Recepción de Documentos para la Declaración de Inmuebles (FI-DVB-001) llenado y firmado (en caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
  2. Documento de propiedad del inmueble (Certificado de Título resultante de la refundición, Sentencia de la Jurisdicción Inmobiliaria o Certificación del Registro de Título).
  3. Copia de la Cédula de Identidad, y Electoral, de ambos lados, del propietario del inmueble o Pasaporte si es extranjero.
  4. Copia de Cédula de Identidad y Electoral,de ambos lados, del representante (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
  5. Copia del plano de la vivienda, edificación o mejora (aplica en caso de mejoras y casas o edificaciones no descritas en certificado de título).
  6. Tasación Privada (si lo posee).
  7. Copia del régimen de condominio emitido por Jurisdicción Inmobiliaria, cuando se trate de la inclusión al régimen de condominio (no obligatorio).

Tiempo de respuesta:

  • Administraciones Locales: 3 días laborables.
  • Gerencia de Grandes Contribuyentes: 30 días laborables.

Consideraciones Importantes: Un tasador se encargará de registrar y valuar el inmueble, si es necesario podrá fijar una inspección a la propiedad. Una vez evaluado el inmueble se le otorgará su declaración IPI si es Persona Física o en su defecto podrá solicitar una certificación del inmueble.

 

Paso II: Solicitud de Incorporación de la Persona Jurídica Lucrativa con Aporte en Naturaleza

 

Para realizar esta solicitud dispone de dos vías, tanto la virtual como presencial. Si desea conocer los pasos a seguir, por favor acceda a nuestra Comunidad de Ayuda, a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/NVhnAwh

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

(Editado)