Perfil de Mario Perez

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jueves, 13 de noviembre de 2025

Cerrado

Aporte de inmueble a consorcio

Saludos. 
Tengo el caso de dos personas jurídicas que formaron un consorcio para un proyecto inmobiliario específico. Una de esas personas jurídicas desea hacer un aporte de inmueble. En caso de hacer el aporte, ¿el inmueble pasa a tener título a nombre del consorcio? 

¿Quien debe facturar las ventas? ¿el consorcio o quien aporta el inmueble para el proyecto?

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Solución oficial

Buenas tardes, Mario. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si, si es un aporte en naturaleza, el inmueble pasara a nombre del consorcio.

 

Para realizar la incorporación con el aporte en naturaleza debe agotar los siguientes pasos:

 

DE MANERA PRESENCIAL:

Depositando en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos, atendiendo al tipo de sociedad:

SOCIEDADES SRL, S.A Y S.A.S:

  1. Declaración Jurada para el Registro y Actualización de Datos de Personas Jurídicas o Entes Sin Personalidad Jurídica (RC-02) y los anexos correspondientes, llenado, firmado y sellado (el sellado no es obligatorio).
  2. Copia del certificado de Registro Mercantil.
  3. Copia del recibo de pago del 1% por constitución de compañía.
  4. Copia del certificado de nombre comercial emitido por ONAPI (si lo posee).
  5. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del accionista o copia del pasaporte (aplica en caso de extranjeros que no posean cédula de identidad y electoral) o copia del acta de nacimiento (aplica en los casos que figuren como accionistas menores de edad).
  6. Copia de los estatutos y asamblea constitutiva registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente. La asamblea debe establecer a la persona física responsable del cumplimiento de las obligaciones tributarias y de manera expresa la aceptación de la citada responsabilidad.
  7. Copia del título del inmueble (aplica en caso de aporte de inmuebles).
  8. Copia de la matrícula del vehículo (aplica en caso de aporte de vehículos).
  9. Copia del Certificado de estatus jurídico del inmueble vigente (aplica en caso de que el bien a aportar sea un inmueble).
  10. Copia de los documentos constitutivos de las sociedades extranjeras accionistas, registrados ante la institución registral de su país de origen y traducidos al idioma español (aplica en caso de que posean una sociedad radicada en el exterior como parte de su composición accionaria y la misma no se encuentre registrada en nuestros sistemas).


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muchas gracias. entonces, para confirmar, el reporte de las ventas por el proyecto, Flo debe hacer el consorcio?

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hace 24 días

de acuerdo. en ese caso, el reporte de las ventas lo debe hacer el consorcio?

Buenos días, Mario. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, no se reporta la venta perce, sino que al momento de incorporar el consorcio lo aportan en naturaleza con los pasos que le indique anteriormente con el fin de que el inmueble pase a ser propiedad de la empresa.


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