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lunes, 6 de mayo de 2024 20:43

Cerrado

Aplicacion de retencion de ITBIS y de ISR por Honorarios de Medicos

Buenas tardes, 

En el caso que un medico que brinde servicios por Honorarios (charlas, congresos,etc) no emiten facturas con NCF, sino solo recibos que él mismo elabora, a esos se le debe aplicar la retencion de ITBIS del 100% y el 10% de ISR, y existe la opcion de que ese gasto la compañia lo pueda hacer deducible de renta?

Solución oficial

Buenos días, Helberth. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, el médico posee la obligación de emitirle NCF al momento de brindarle el servicio, en caso de, no ser así, debe emitir un COMPROBANTE DE COMPRAS (B11) con su cédula para que pueda deducirse el gasto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.