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Aplicación de gastos educativos y exención del ISR sobre honorarios
Buenos dias
Deseo confirmar si una persona física que presta servicios por honorarios profesionales y aplica la exención correspondiente del ISR, pierde dicha exención o se ve afectada al momento de aplicar gastos educativos en su declaración.
Agradecería me indiquen si ambos beneficios pueden utilizarse de manera conjunta y bajo cuáles condiciones?.
Gracias.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
27.1K Mensajes
hace 21 días
Buenos días, Yira. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que una persona física puede aplicar la exención por gastos educativos y la exención contributiva anual al mismo tiempo, siempre y cuando lleve a cabo el debido proceso para el reporte de los gastos educativos a través del Panel de Gastos Educativos, a más tardar el último día laborable del mes de febrero, y no declare otros gastos.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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