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APLICA O NO RETENCION
Buenas noches, si una persona no registrada en DGII, me renta un local comercial, siendo yo persona fisica, ¿debo retenerle el 100% del ITBIS y el 10% por concepto de impuesto sobre la renta?
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Buenas noches, si una persona no registrada en DGII, me renta un local comercial, siendo yo persona fisica, ¿debo retenerle el 100% del ITBIS y el 10% por concepto de impuesto sobre la renta?
Solución aceptada
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 18 días
Buenos días, Aury. Gracias por contactarnos.
Confirmamos que hemos recibido la imagen enviada y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
25.9K Mensajes
hace 18 días
Buenos días, Aury. Disculpe la demora.
En atención a su consulta, le informamos que las Personas Físicas no se encuentran instituidas por el Código Tributario como agentes de retención del Impuesto Sobre la Renta. No obstante, deben efectuar la retención del 100% del ITBIS facturado con el Comprobante de Compras (B11 o E41), de acuerdo con lo establecido en la Norma 05-19, art. 7 párrafo II.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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