20 Mensajes

viernes, 20 de marzo de 2026

Aplica la retencion por honorarios profesionales al emitir el comprobantegubernamental E45?

Aplica la retencion por honorarios profesionales al emitir el comprobantegubernamental E45?

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Leidy. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA4907 ¿Los emisores electrónicos se encuentran exceptuados de la retención del Estado?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

20 Mensajes

hace 1 mes

Buenos dias,

La respuesta se refiere a la  retención del 5%, pero en los servicios profesionales la retención es del 10%. Por favor, confirmar si, al emitir un comprobante gubernamental electrónico, se debe aplicar la retención del 10% por honorarios profesionales.

Buenas tardes, Leidy. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y nos encontramos trabajando con el objetivo de dar respuesta. Tan pronto como sea posible estaremos respondiendo su consulta por esta vía.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenos días, Leidy. Disculpe la demora.

 

En atención a su consulta, le informamos que la ley 32-23 y su reglamento 587-24 establecen la excepción específicamente de la retención del 5% que corresponde realizar a las entidades estatales. Por lo que, en los casos en que a una la entidad estatal le corresponda hacer retención de Impuesto Sobre la Renta por otro porcentaje, la entidad estatal deberá efectuar la retención, incluso cuando el proveedor le emita un comprobante electrónico.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

20 Mensajes

Mucgas gracias

Buenas tardes, Leidy.

 

Gracias a usted por confiar en nosotros y utilizar nuestros servicios.

  

Con su apoyo, cada día nos convertimos en una administración más cercana al contribuyente y ciudadano, asumiendo el compromiso de brindar servicios de calidad para ser referentes en transparencia y eficiencia.

 

¡Para nosotros es un placer servirle!

 

Comunidad de Ayuda DGII.