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APARTAMENTO TURÍSTICO, LLEVA ITBIS
Saludos, alquilaré mi apartamento turístico por un plazo de 3 meses, ya amueblado, queda gravado de itbis, o está excento?
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Saludos, alquilaré mi apartamento turístico por un plazo de 3 meses, ya amueblado, queda gravado de itbis, o está excento?
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 4 años
Buenos días Eddie. Gracias por escribirnos.
El alquiler de apartamentos turísticos no se considera vivienda y por tanto queda gravado con el ITBIS. En ese sentido, debe colocar el impuesto al monto total facturado.
Puede validar esta información ingresando mediante el siguiente enlace: http://ms.spr.ly/61216XO8lQ
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211XO8lL
Es un placer servirle, Eddie.
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