En atención a su consulta, le informamos que, para corregir o anular un comprobante electrónico (e-CF) debe emitir una nota de crédito/débito electrónica o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda.
Los tipos de correcciones que podrán realizarse a un e-CF, a través de una Nota de Crédito o Débito, serán por concepto de:
Anulación total del e-CF
Corrección montos del e-CF
Corrección Texto del e-CF
Reemplazo NCF emitido en contingencia
Importante:
El servicio web de anulación solo podrá ser utilizado cuando el e-CF no haya sido firmado y enviado a la DGII, en caso contrario deberá anularse mediante la emisión de una Nota de Crédito Electrónica (E34).
Este procedimiento también aplica para la anulación de e-CF autogenerados (Compras, Gastos Menores y Pagos por Servicios al Exterior).
Las Notas de Débitos/Créditos solo podrán ser emitidas al mismo adquiriente o usuario para modificar comprobantes fiscales emitidos con anterioridad.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
4.6K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Hilario. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, para corregir o anular un comprobante electrónico (e-CF) debe emitir una nota de crédito/débito electrónica o utilizar el servicio web de anulación, según corresponda.
Los tipos de correcciones que podrán realizarse a un e-CF, a través de una Nota de Crédito o Débito, serán por concepto de:
Importante:
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
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Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial
por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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Hilario Montes
36 Mensajes
hace 1 año
Muchas gracias
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