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Anulacion nota de crédito
Emitimos una factura electrónica E31 que posteriormente fue cancelada mediante una nota de crédito. Sin embargo, la nota de crédito fue enviada como exenta, sin realizar la segregación de ITBIS facturado y monto gravado, tal como se reflejó en la factura original.
¿Cuál es el procedimiento correcto para anular o reversar esta nota de crédito y emitir una nueva nota de crédito con la condición tributaria correcta (monto gravado e ITBIS), conforme a la normativa de facturación electrónica de la DGII?


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 1 mes
Buenas tardes, Maria. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, debe emitir una nota de débito afectando la factura original a fin de que quede sin efecto la nota de crédito previa, esto provocará que la factura original tenga su valor acorde a la emisión antes de ser afectada y entonces sí, emitir la nota de crédito nueva con la información pertinente.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo. Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visite: www.dgii.gov.do/ofv.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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