Perfil de PERLA CEPEDA

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martes, 10 de mayo de 2022

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ANTICIPOS IR-2

Buenos días, estoy haciendo un borrador guiándome del instructivo para mas o menos saber lo que da a pagar el IR-2. En la casilla del IR-2 numero 33 me dio un monto de 17,000 positivo, y en la casilla del activo numero 25 el total a pagar me salió 26,000. ¿Cuál de los dos montos es que se va a pagar y necesito saber como se calcula el anticipo porque en ese formulario no esta y he buscado información sobre el pago de los anticipos y no encuentro información precisa sobre eso?

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Solución oficial

Buenos días, Perla. Gracias por contactarnos.

 

La casilla que le indicará el monto a pagar es la 45) TOTAL A PAGAR (RESTAR CASILLAS 41-42-43). Esta casilla se completa automáticamente. Es el resultado de restar las casillas 41 – 42 – 43.

 

Le exhortamos a consultar el Instructivo Declaración Jurada del Impuesto sobre la Renta Persona Jurídica (IR-2):  Instructivo IR-2 FINAL (http://ms.spr.ly/61218by0jI)

 

 

A fin de conocer cómo se determina el monto de los anticipos a pagar, ingrese al siguiente enlace:

 

http://ms.spr.ly/61219by0jL

 

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61210by0j0)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61213by0jN

Es un placer servirle.

46 Mensajes

hace 4 años

No entendí esa parte. De cual casilla sale el resultado para calcular el 1.5% y asi dividir entre 12 los anticipos?

Personas Jurídicas con Tasa Efectiva de Tributación (TET) mayor a 1.5%:
Se obtiene dividiendo en doce (12) cuotas iguales el impuesto liquidado en la Declaración Jurada del ISR anterior, luego de deducido el saldo a favor consignado en la declaración.

Personas Jurídicas con Tasa Efectiva de Tributación (TET) menor o igual a 1.5%:
Se determinan aplicando  el 1.5% a los ingresos declarados en el año fiscal anterior, luego de deducir el saldo a favor consignado en la declaración. El monto resultante se divide en doce (12) cuotas iguales.

Buenas tardes, Perla. Gracias por contactarnos.


Le informamos que el resultado proviene de la tasa efectiva de tributación (TET) es la Relación entre el Impuesto Sobre la Renta liquidado y los ingresos brutos obtenidos. Representa el valor de los impuestos que efectivamente son pagados a partir de un ingreso.

 

Para más detalles, le exhortamos a consultar la Norma 07-14. Art. 3 Punto 30.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

Acceda aquí: (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_8KJB56Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

Es un placer servirle.