viernes, 8 de marzo de 2019 02:09

Cerrado

Anticipo de ISR no pagados a tiempo

Por favor necesito una opinión en cuanto a los anticipos dejados de pagar en el periodo, tengo entendido que si lo no lo pago puedo pagar al final las moras y recargos, pero en base a que monto me calculan las moras y recargos y en que momento debo pagarlo?

Solución oficial

799 Mensajes

hace 6 años

Buenos días Jose. Tu inquietud fue respondida por Juan Hernandez. 

A los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemnizatorio:

• 10% de recargo por mora para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente al primero.
• 1.10% de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.

 ¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

hace 6 años

A los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemnizatorio:

10% de recargo por mora para el primer mes o fracción de mes y un 4% adicional por cada mes o fracción de mes subsiguiente al primero.
1.10% de interés indemnizatorio por cada mes o fracción de mes.

Para realizar este cálculo le recomendamos utilizar la Calculadora de Recargos publicada en el portal de la DGII.

hace 6 años

Muchas gracias, pero me basaba más el momento de hacer la siguiente declaración jurada de ISR sabes que tengo que pagar el anticipo de la anterior, entonces si lo dejo de pagar pago los recargos que por ello generé, yo digo entonces en que momento de la declaración debo pagarlo esos recargos para tomarlo como anticipos ?
Los recargos e intereses dejados de pagar, no son anticipos.

hace 6 años

En el momento de presentar tu IR-2, se te generará un recibo de pago con las moras de los anticipos no pagados en el año fiscal de la declaración que estas presentando, pero esto es una deuda fiscal, nunca ese monto podrá ser usado como anticipo.