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Amortizacion de activos intangibles como marcas y nombres comerciales
Buenas tardes,
Mi pregunta es relacionada a la amortizacion de los activos intangibles como son las marcas y nombres comerciales, y mi situacion es la siguiente: estamos adquiriendo un nombre comercial el cual le compraremos a una sociedad pero solo su nombre comercial y punto comercial no la razon social, segun verifico el articulo 287, parrafo III, literal g de la Ley 11-92, establece que si el bien tiene definida su vida util se puede amortizar por este tiempo, mi pregunta es;
1. En base a que valor se amortiza? el costo de adquisicion que hemos pagado a la sociedad que nos esta vendiendo su nombre comercial o en base al costo que tiene ese nombre comercial en ONAPI?
2. El porcentaje a amortizar es un 10% anual hasta la vida util?
Gracias anticipadas.


Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 3 días
Buenas tardes. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que la misma debe ser tratada con el área de Fiscalización de la Administración Local que le corresponde, por ser el área encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto procedimiento a llevar a cabo para las presentaciones de las transacciones contables en esta Dirección General, además de orientar sobre el correcto llenado y cálculos que poseen los formularios y Declaraciones Juradas.
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