23 Mensajes

jueves, 25 de septiembre de 2025

Cerrado

Amenización de evento

Hola, le aplica la retencion del 10% ISR a una persona fisica registrada como diseñador grafico, en la prestacion de servicio de Amenización de evento?

Oldest First
Selected Oldest First

Buenas tardes, Ambar. Gracias por contactarnos.

 

Confirmamos que hemos recibido su consulta y estamos trabajando a fin de respuesta en el menor tiempo posible.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

Buenas tardes, Ambar. Agradecemos su espera.

 

A fin de analizar su caso, por favor indíquenos a más detalles de qué se trató el servicio de amenización de evento al que hace referencia.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

23 Mensajes

hace 2 meses

La persona fisica registrada como diseñador grafico, presto el servicio de artista en una actividad de la empresa.

Buenas tardes, Ambar. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que la retención dependerá de si el tipo de servicio que está realizando la persona física en esta ocasión es considerado como técnico o profesional, independientemente de la actividad económica que tenga registrada.

 

En caso de que el servicio ofrecido fuera técnico, la retención aplicable será del 2% del monto facturado. En caso de que el servicio fuera profesional, la retención aplicable será del 10% del monto facturado.

 

Si desea confirmar si el servicio prestado en esta ocasión debe considerarse técnico o profesional, por favor descríbanos a más detalle el servicio artístico al que hace referencia, ya que el arte tiene una amplia y variada cantidad de ramas.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

23 Mensajes

hace 2 meses

Artístico musical, el servicio es de cantante tipo banda de música, la persona física cantó en la actividad 

Buenos días, Ambar. Agradecemos la información suministrada.

 

El servicio que describe conlleva retención de Impuesto Sobre la Renta del 10% del monto facturado.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.