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ALQUILERES
BUENAS QUIERO SABER SI UNA PERSONA JURIDICA QUE PRESTA SERVICIO DE ALQUILER DE INMUEBLE A UN MINISTERIO ESTA EXENTA DE EMITIR FACTURA CON COMPROBANTE FISCAL Y DE SER ASI FAVOR DE DARME LOS ARTICULOS DEL CODIGO O NORMA QUE LO AMPARE
GRACIAS POR LAS ACOSTUMBRADAS ATENCIONES
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22.9K Mensajes
hace 3 años
Buenos días, Noemi. Gracias por contactarnos.
Le informamos que se encuentran obligados a emitir comprobantes fiscales, todas las Personas Físicas o Jurídicas domiciliadas en la República Dominicana que realicen operaciones de transferencia de bienes, entrega en uso o presten servicios a título oneroso o gratuito, debiendo conservar copia de los mismos, sin discriminar el método de pago utilizado.
También todas las entidades del Estado que realicen operaciones que impliquen el cobro de montos por concepto de venta de bienes o prestación de servicios que posteriormente puedan ser utilizadas como deducciones impositivas, deben emitir sus facturas con Números de Comprobantes Fiscales (NCF) según el tipo que corresponda.
Consideraciones Importantes:
El cobro de los impuestos, tasas y contribuciones especiales no requiere de la emisión de un comprobante fiscal, ya que estos tienen su mecanismo de deducción, si corresponde.
Base Legal: Resolución 41-14, Art. segundo, párrafo; Reglamento 254-06, Art. 2.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61218jKeG6)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: http://ms.spr.ly/61211jKeGD
Es un placer servirle.
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