Perfil de Luz Diaz Luciano

jueves, 21 de abril de 2022 15:14

Cerrado

Alquiler de local comercial

Buenos dias.

Nosotros somos una empresa registrada en la DGII, el local donde estamos ubicados nos lo alquila una persona que no es contribuyente es decir no es persona juridica ni fisica, cuales son las retenciones que debemos hacerle para poder declara este gasto a la DGII?

Saludos.

Solución aceptada

Solución oficial

Buenos días Luz. Gracias por contactarnos.

 

En la prestación del servicio de alquiler de bienes inmuebles por parte de una Persona Física/proveedor informal a una Persona Jurídica o Negocio de Único Dueño, esta última debe efectuar la retención del 100% del ITBIS facturado, en adicción al 10% por concepto de ISR.

 

Importante:

 

Cuando se trate de alquiler de inmuebles destinados para viviendas, no aplica retención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS), ya que este servicio se encuentra exento de dicho impuesto.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí (https://es.surveymonkey.com/r/encuesta_satisfaccion_servicio_Comunidad_de_ayuda_DGII_KP3YFC8)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv

 

Es un placer servirle.