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Agencias de viajes están excluidos de retención del 2% y cobro de ITBIS
En fecha de agosto del 2025, Servicios Digitales Popular, decidió empezar aplicar la retención del 2% y del cobro de ITBIS en el uso de su veriphones a las Agencias de Viajes y Turoperadores. Cuando en el oficio DR-006-2015 del 16-1-15, suscrito por la directora de Recaudación y la subdirectora de Administración de Cuenta Integral y Devoluciones, se indica que con base en el estudio técnico realizado al grupo de agencias de viajes y operadores de turismo, se les otorga la exclusión de dicha retención.
En ese caso, el ITBIS que se facturó en dichos cobros, debe ser presentado en una declaración de IT-1, aunque las Agencias estén exentas del cobro de ITBIS.



Oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
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hace 7 horas
Buenos días, Robert. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que debe solicitar una certificación para no aplicación de la retención del impuesto y presentarla a la entidad que la está efectuando. De este modo, la retención dejará de efectuarse.
Para conocer cómo solicitar la certificación de no aplicación de la retención, le invitamos a acceder a la consulta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA2097 ¿Qué debo hacer para solicitar la certificación de no aplicación de la retención del ITBIS que deben efectuar las compañías de adquirencia, agregadores de pago y entidades de pago electrónico en las transacciones pagadas por medios electrónicos?
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
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