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Acuerdo de pago, para un impuesto no vencido.
Hola! buenos dias Comunidad.
Espero esten muy bien.
Es posible solicitar un acuerdo de pago para un impuesto que no estè vencido ?
El Itbis de Junio que se presenta a más tardar el próximo 20 de Julio, nos va a dar a pagar un monto muy alto, es posible solicitar un acuerdo de pago, antes de que este venza, para tener una facilidad de pago en varias cuotas, sin que se agreguen recargos e intereses por ser un impuesto vigente ?
O es necesario primero presentar el impuesto y que este venza, para poder hacer el acuerdo de pago ?, de impuestos vigentes no aplica ?
Me dejan saber porfa, muchas gracias!


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
29.1K Mensajes
hace 2 meses
Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.
En atención a su consulta, le informamos que no es necesario esperar al vencimiento del pago de un impuesto para poder solicitar acuerdo de pago para el mismo. No obstante, es necesario aclarar que en la generación de acuerdos de pago se aplica una tasa de interés de 1.10% al monto que se divide en cuotas tras el pago del inicial, independiente de si el monto se encontraba vencido o no al momento de la solicitud del acuerdo de pago.
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