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lunes, 29 de junio de 2026

Acuerdo de pago, para un impuesto no vencido.

Hola! buenos dias Comunidad.

Espero esten muy bien.

Es posible solicitar un acuerdo de pago para un impuesto que no estè vencido ?

El Itbis de Junio que se presenta a más tardar el próximo 20 de Julio, nos va a dar a pagar un monto muy alto, es posible solicitar un acuerdo de pago, antes de que este venza, para tener una facilidad de pago en varias cuotas, sin que se agreguen recargos e intereses por ser un impuesto vigente ?

O es necesario primero presentar el impuesto y que este venza, para poder hacer el acuerdo de pago ?, de impuestos vigentes no aplica ?

Me dejan saber porfa, muchas gracias!

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Solución aceptada

Solución oficial

Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que no es necesario esperar al vencimiento del pago de un impuesto para poder solicitar acuerdo de pago para el mismo. No obstante, es necesario aclarar que en la generación de acuerdos de pago se aplica una tasa de interés de 1.10% al monto que se divide en cuotas tras el pago del inicial, independiente de si el monto se encontraba vencido o no al momento de la solicitud del acuerdo de pago.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

22 Mensajes

Muchas Gracias!

Para realizar el acuerdo de pago, debo primero de hacer mi declaración del Itbis, donde se me va a generar mi impuesto a pagar y luego completar el formulario y llevar todo a mi administración local?

y realizar todo antes del dia 20 de Julio, para que no se me presente algún imprevisto antes de la fecha limite de presentación del pago del Impuesto ?

Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.

 

 Es correcto. Para poder aplicar el acuerdo de pago, es necesario que la declaración ya esté presentada y el monto a pagar ya se haya generado en su cuenta corriente. El tiempo de compromiso del acuerdo de pago es de 5 días laborables, por lo que le recomendamos efectuar la solicitud con una cantidad de días de anterioridad mayor a esta.

 

Para más información acerca del procedimiento para la solicitud de acuerdos de pago, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA1603 ¿Qué debo hacer para solicitar un acuerdo de pago?

 

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@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos

Muchas Gracias!

Eso significa que lo mas recomendable, es que yo presente mi declaración y haga el proceso, como el dia 10 de Julio, para evitar algún imprevisto.

Buenas tardes, Paola. Gracias por contactarnos.

 

 Así es.

 

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@comunidad_de_direccin_general_de_impuestos_internos​ 

Estoy viendo el formulario.

Como puedo saber cuanto debe de ser es el monto a pagar de inicial y en cuantas cuotas se puede dividir el pago, debo de presentarme a mi administración local, para esta informacion ? 

En ese periodo tengo una retención que le hice de ITBIS a un proveedor, tengo entendido que no aplican los acuerdos con pagos de impuestos retenidos, como se consideraría este pago ? se le sumará automáticamente al monto del inicial a pagar del acuerdo ?

(Editado)