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Acuerdo de Pago para IRS
Deseo saber si para realizar un acuerdo de pago, para la declaración del ISR:
Debo declarar primero y luego realizar el acuerdo?
Qué recargo conlleva realizar el acuerdo de pago?
Cómo puedo realizar el acuerdo de pago?



Solución oficial
OTM .
2.3K Mensajes
hace 5 años
Buenas tardes Heidy. Gracias por escribirnos.
Sí, debe realizar la declaración jurada y luego solicitar el acuerdo de pago por el impuesto resultante a pagar.
Con relación a la segunda inquietud, si se refiere a los recargos por no pagar el impuesto en fecha correspondiente, le informamos que, a los impuestos dejados de pagar en su fecha límite se les aplica los siguientes porcentajes de recargos por mora e interés indemnizatorio:
Por último, para solicitar un acuerdo de pago debe depositar en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos, según sea el caso:
Personas Físicas
Personas Jurídicas
Importante:
En vista del estado de emergencia declarado por el COVID-19 hemos tomado medidas referentes a la asistencia presencial en algunas de nuestras oficinas (requerimientos mediante citas), por lo que, le recomendamos verificar el correo electrónico de la administración local que le corresponde, consultando el Aviso 63-20:
Tomar en cuenta, que las siguientes administraciones locales no necesitan citas previas y puede visitarla en horario acostumbrado de lunes a viernes de 8:00 a.m. a 4:00 p.m.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura. Visita: www.dgii.gov.do/ofv
Es un placer servirle, Heidy.
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Heidy Novas
108 Mensajes
hace 5 años
Aunque realice el acuerdo de pago me cobraran esto:
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