JC

viernes, 24 de mayo de 2024 16:45

Cerrado

Acuerdo de pago para anticipo de impuesto sobre la renta

es posible que un contribuyente, ya sea persona física o persona jurídica, puede solicitar un acuerdo de pago referente al anticipo del impuesto sobre la renta?

Solución oficial

Buenas tardes, Julio. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que, el acuerdo se otorgará para cualquiera de los impuestos, exceptuando:

  • Anticipos.
  • Impuesto a la Transferencia de Bienes y Servicios (ITBIS) retenidos.
  • Tarjeta de Turista (TT1).
  • Retenciones de ITBIS por Compañías de Adquirencias (IT3).
  • Impuesto de Gestión Integral y Coprocesamiento de Residuos Sólidos de la República Dominicana.
  • Transferencia Inmobiliaria.
  • Traspaso de vehículo de motor.

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.