Amig@s, necesito saber como se debe proceder cuando se destruye un activo (maquinaria) porque ya no sirve, tomando en cuenta que ya esta totalmente depreciado.
Buenos días Luis, para informar la destrucción o descargo de un activo fijo, sea de un equipo, maquinaria o mercancía que forma parte del inventario de la empresa, debe realizar una solicitud de autorización de destrucción o decomiso de inventario. Si va a informar la destrucción o descargo de un equipo o maquinaria de su activo fijo (no es parte del inventario) debe reportarlo en sus libros contables.
Para solicitar autorización para la destrucción o decomiso de inventario debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada]. 2. Listado de los productos o artículos a destruir que incluya su costo, firmado y sellado por la empresa.
El costo de este trámite es indicado en el oficio emitido por el auditor asignado y el mismo es determinado de acuerdo al valor del inventario a destruir, según la escala establecida:
1. De RD$ 1.00 hasta RD$1,000,000.00 el monto a pagar es de RD$5,000. 2. De RD$1, 000,001.00 hasta RD$ 4, 000,000.00 el monto a pagar es 0.5% del valor a destruir. 3. De RD$4,000,001.00 en adelante el monto a pagar es de RD$20,000.00
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Solución oficial
OTM .
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hace 6 años
Para solicitar autorización para la destrucción o decomiso de inventario debe depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
1. Carta de solicitud firmada [en caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada].
2. Listado de los productos o artículos a destruir que incluya su costo, firmado y sellado por la empresa.
El costo de este trámite es indicado en el oficio emitido por el auditor asignado y el mismo es determinado de acuerdo al valor del inventario a destruir, según la escala establecida:
1. De RD$ 1.00 hasta RD$1,000,000.00 el monto a pagar es de RD$5,000.
2. De RD$1, 000,001.00 hasta RD$ 4, 000,000.00 el monto a pagar es 0.5% del valor a destruir.
3. De RD$4,000,001.00 en adelante el monto a pagar es de RD$20,000.00
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