2 Mensajes

jueves, 2 de abril de 2026

Actividad económica

Si tengo una empresa de actividad económica (SERVICIOS DE MANIPULACIÓN DE CARGA (INCL. LOS SERV. DE CARGA Y DESCARGA DE MERCANCÍAS O EQUIPAJES DE PASAJEROS, SIN DISCRIMINAR MEDIOS DE TRANSP., LA ESTIBA Y DESESTIBA, ETC.) y quiero hacer otro tipo de actividad económica que es:

ORGANIZACIÓN Y MONTAJE DE TOURS CON TRANSPORTE, ALOJAMIENTO Y COMIDA

  Es necesario modificar los estatutos o puedo simplemente agregar la actividad en la ofv, y de poder agregarla, cuáles son los pasos específicos en la ofv?
Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenos días, Robin. Gracias por contactarnos.

 

 En atención a su consulta, le informamos que, para agregar una segunda actividad económica, solo será necesario completar el formulario de actualización a través de la Oficina Virtual y adjuntar copia del acta de asamblea y nómina de presencia que autoriza o aprueba la segunda actividad, registrada en la Cámara de Comercio y Producción correspondiente, y una copia de la resolución emitida por el órgano correspondiente, según sea el caso (Desarrollo Fronterizo, Turismo, Cadena Textil, Zonas Francas, Exportación, Zonas Francas Comerciales, DG-Cine, Energía Renovable, Proindustria), en caso de entidades acogidas a régimen especial de tributación.

 

Para conocer el proceso para solicitar actualización por la Oficina Virtual y confirmar estos requisitos, le invitamos a consultar la pregunta de esta comunidad que contiene la información detallada, haciendo clic en el siguiente enlace: CA4541 ¿Qué deben hacer las personas jurídicas lucrativas para solicitar la modificación o actualización de su Registro Nacional de Contribuyentes (RNC)?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.