16 Mensajes

lunes, 6 de julio de 2026

5% retenido por infotep a ONG/Centro COS

Buenas tardes,

Trabajo en una ONG, registrada bajo el amparo de la ley 122-05, nos dedicamos a la ejecucion de proyectos de desarrollo comunitario y seguridad alimentaria financiada por cooperacion internacional cada proyecto, pero tambien somos un centro COS, impartimos diversos cursos avalados por el INFOTEP. En cada pago por los cursos el INFOTEP nos retiene el 5%.

Mi duda es, esta retencion del 5% de ISR , es correcta? en caso de no ser correcta como solicitamos no retenernos mas.

Quedo atenta a su respuesta.

Gracias Anticipadas

Oldest First
Selected Oldest First

Solución oficial

Buenas tardes, Natalia. Gracias por contactarnos.

 

En atención a su consulta, le informamos que ya existe una pregunta en esta comunidad que contiene la respuesta que requiere. Le invitamos a acceder a ella haciendo clic en el siguiente enlace: CA4045 ¿Debe el Estado aplicar la retención del 5% del Impuesto Sobre la Renta en los pagos efectuados a Instituciones Sin Fines de Lucro?

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

16 Mensajes

Gracias por la respuesta.

Lo que no me queda claro aun, es que no persivimos ingresos por ser centro COS, todo el ingreso se destina a pago de facilitadores y materia prima para los cursos, nosotros aportamos las instalaciones como parte del aporte.

Aun asi deben retenernos el 5%?

Buenos días, Natalia. Gracias por contactarnos.

 

 En caso de que el dinero recibido por la institución no constituya rentas o algún tipo de beneficio para esta, no tratándose un pago por actividad comercial; no corresponde la retención del 5%. Para ser liberada de dicha retención, en este caso, no se requeriría una solicitud ante Impuestos Internos, sino informar de la situación a la institución estatal que paga, a fin de que deje de efectuar las retenciones que nunca debieron realizarse.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.