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martes, 12 de marzo de 2024

Cerrado

30% RETENCION

Donde reporto el 30% que le retuve a mi cliente. 

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Solución oficial

Buenos días, Keila. ¡Gracias por contactarnos!

En atención a su consulta, le informamos que el 30% de ITBIS retenido deberá reportarlo tanto en el Formato 606, en la columna 12, “ITBIS Retenido” como en la Declaración de ITBIS, identificando el monto del servicio sujeto a la retención en la Casilla 43, “Servicios Sujetos a Retención Sociedades (Norma 02-05 y 07-07)”.

A continuación, podrá encontrar los instructivos de llenado y envío de ambas herramientas:

606- Puede consultar el instructivo de llenado de este formulario en nuestro portal, accediendo a nuestra Biblioteca Virtual a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/9CrEUAx

ITBIS - Puede consultar el instructivo de Llenado de esta Declaración en nuestro portal web, ingresando a través del siguiente enlace: https://cutt.ly/mCrEb9S 

 

¡Su experiencia en el servicio es importante para nosotros!

 

Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:

 

Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

(Editado)