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miércoles, 24 de mayo de 2023

Cerrado

27% por pago al exterior

Si recibo una factura de flete para pagar a un proveedor extranjero, aplica retener el 27% por pagos al exterior ?

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Solución oficial

Buenas tardes, Daniel. Gracias por contactarnos. 

 

Le informamos que, cuando realice pagos por concepto del citado servicio a personas físicas o personas jurídicas del exterior, serán válidos a los fines del Impuesto Sobre la Renta, las facturas y/o conocimientos de embarques emitidos por el suplidor internacional del servicio de flete, siempre que el mismo esté consignado a nombre de la empresa que recibe el servicio en virtud del Art. 3 de la Norma General 15-07 y lo establecido en el Párrafo I del Art. 4 del Decreto 254-06 que promulga el Reglamento para la Regulación de la Impresión, Emisión y Entrega de Comprobantes Fiscales, de fecha 19 de junio de 2006.

 

Nota: Este tipo de transacción no conlleva retención de ningún tipo.


Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite: http://ms.spr.ly/61215gj8O1.

Las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

Es un placer servirle.

5 Mensajes

hace 2 años

La respuesta esta un poco confusa, pero la nota esta bien clara. Podría apoyarme un poco aclarando arriba la respuesta ya dada.

Quedo atento.

Buenas tardes, Daniel. Gracias por contactarnos.

 

En el párrafo anterior, se detalla la forma para registrar la transacción que nos hace referencia según lo estipulado en la Norma General 15-07, artículo 3.

 

Le exhortamos a consultar el Art. 3 de la Norma General 15-07 y lo establecido en el Párrafo I del Art. 4 del Decreto 254-06, a fin de conocer más detalles del registro de la transacción que está efectuando.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

Visite:
http://ms.spr.ly/61213gjEyl

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

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