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10 del 18% del ITBIS
Buenas,
AL momento de realizar una venta y en el monto del itbis me toca colocar el 10 del 18% del itbis. Como debo registrar esta operacion en el IT-1.
Esta pregunta me nace, porque al reportarlo en el 607 va bien, pero al trabajar el IT1 en las ventas grabadas, este me lo calcula automatico.
Gracias.
Solución oficial
Comunidad de Dirección General de Impuestos Internos
22K Mensajes
hace 1 año
Buenos días, Juan. Gracias por contactarnos.
La tasa que debe pagar por concepto del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) es de un 18% del total del servicio prestado o bien transferido.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 345 (modificado por el Art. 23 de la Ley 253-12).
Debe registrar el ITBIS retenido en el Renglón A. ITBIS Retenido / ITBIS Percibido: En este renglón se detallan los montos de los bienes o servicios pagados y el cálculo del ITBIS retenido. Estas operaciones deben estar incluidas y coincidir con lo remitido en el Formato de Envío 606.
Para más detalles, le exhortamos a consultar el Instructivo Llenado del Formulario IT-1 2020 ingresando al siguiente enlace:
http://ms.spr.ly/61217iPpgU
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros. Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: http://ms.spr.ly/612199P0mx.
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
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Es un placer servirle.
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