Es el contrato convenido de manera verbal o escrita entre dos o más personas que tienen la calidad de comerciantes, quienes toman el interés en una o más operaciones comerciales determinadas y transitorias, sin estar las mismas sujetas a requisitos de forma ni matriculación de conformidad a la Ley de Sociedades. Base Legal: Norma General 05-09, Art. 1, literal g.
Solución oficial
Eliana Castillo
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hace 7 años
Base Legal: Norma General 05-09, Art. 1, literal g.
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