Sí. Para que la obligación tributaria de declarar todos los años el IR-1 sea inactivada, el asalariado debe realizar la solicitud de inactivación, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Formulario Solicitud de Inactivación de Personas Físicas (FI-GRYC-574), llenado y firmado.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
Certificación de asalariado o comunicación del empleador.
Carta de autorización del contribuyente (aplica en caso de que el solicitante sea un tercero).
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 5 años
Sí. Para que la obligación tributaria de declarar todos los años el IR-1 sea inactivada, el asalariado debe realizar la solicitud de inactivación, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
0