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martes, 4 de enero de 2022

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CA4713 ¿Qué deben hacer los herederos para solicitar el reembolso del saldo a favor de impuestos (ITBIS, ISR) de una Persona Física fallecida?

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Solución oficial

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hace 4 años

Para los herederos solicitar el reembolso del saldo a favor de impuestos (ITBIS, ISR) de una Persona Física fallecida debe depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o en el área de información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos: 

  1. Formulario de Solicitud Reembolso de Saldo a Favor de Impuesto Sobre la Renta de Personas Físicas (FI-GERE-003), llenado y firmado.

  2. Carta de solicitud firmada (aplica en caso de que la solicitud sea de ITBIS).
  3. Poder notarizado, donde los herederos le autorizan a gestionar el reembolso.
  4. Documentación relacionada con el finado(a) (copia de cédula, acta de defunción, pliego sucesoral o determinación de herederos, etc.).
  5. Certificación bancaria que confirme los datos y la vigencia de la cuenta (aplica en caso de que, en el formulario de solicitud, se seleccione la transferencia bancaria como método de pago y coteje una de las casillas “No estoy laborando actualmente” o “Laboro para un nuevo empleador”).

     

Importante:  

  • Aplica también cuando el saldo sea por concepto de salario en relación de dependencia.
  • Si selecciona la transferencia bancaria como método de pago, la cuenta debe estar en pesos dominicanos y el nombre asociado a esta debe coincidir con la razón social o nombre del heredero que realiza la solicitud.

  • Para realizar esta solicitud es necesario que se haya liquidado la sucesión.
  • La DGII podrá requerir documentos adicionales, según considere necesario. 

(Editado)