La DGII requiere que los saldos a favor se encuentren auditados cuando se presentan las siguientes situaciones:
Cuando se solicita la compensación de un saldo a favor de un impuesto contra otro.
Cuando se solicita la compensación de un saldo a favor y el solicitante se encuentra en cese temporal.
Cuando se solicita la compensación o reembolso de un saldo a favor y el solicitante se encuentra en proceso de disolución.
Cuando se solicita el reembolso de un saldo a favor originado por un pago a cuenta y el solicitante se encuentra acogido al Régimen Simplificado de Tributación (RST).
Consideraciones Importantes: En los demás casos, los saldos a favor deben ser compensados periodo tras periodo al momento de presentar la declaración hasta que el saldo se agote sin que estos se encuentren auditados.
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
La DGII requiere que los saldos a favor se encuentren auditados cuando se presentan las siguientes situaciones:
Consideraciones Importantes:
En los demás casos, los saldos a favor deben ser compensados periodo tras periodo al momento de presentar la declaración hasta que el saldo se agote sin que estos se encuentren auditados.
Base Legal: Ley 11-92, Art. 15.
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