Para solicitar el reembolso del saldo a favor de Impuesto Sobre la Renta (ISR) por concepto de retención de los intereses, debe agotar los siguientes pasos:
Depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o al área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Certificaciones de los ingresos generados por intereses y retenciones realizadas.
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
Poder de autorización notariado y legalizado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del apoderado (aplica en caso de que sea un apoderado que realice la solicitud).
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Costo: N/A.
Quienes pueden solicitar: Personas físicas y Registrados.
Cuando solicitar: Según necesidad
Importante:
El reembolso será realizado mediante cheque. Sólo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria.
Para solicitar el reembolso del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) generado de las retenciones realizadas a los intereses recibidos, el contribuyente debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
Que su renta neta gravable, incluyendo los intereses, sea inferior a trescientos cincuenta y cuatro mil quinientos ochenta y nueve (RD$354,589.00) (aplica cuando únicamente percibe ingresos por intereses).
Que su renta neta gravable sea inferior a quinientos noventa mil novecientos ochenta y dos pesos (RD$590,982.00), siempre que su renta por intereses no sea superior al veinticinco por ciento (25%) de su renta neta gravable (aplica cuando tiene ingresos de diferentes fuentes).
Base Legal: Ley 11-92, Art. 306 bis, Párrafo I, (modificado por la Ley 253-12).
Solución oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 7 años
Para solicitar el reembolso del saldo a favor de Impuesto Sobre la Renta (ISR) por concepto de retención de los intereses, debe agotar los siguientes pasos:
Paso I
Paso II
Depositar en el Centro de Asistencia Presencial de la sede central o al área de información de la Administración Local más cercana, los siguientes documentos:
Tiempo de respuesta: 45 días laborables.
Costo:
N/A.
Quienes pueden solicitar:
Personas físicas y Registrados.
Cuando solicitar:
Según necesidad
Importante:
El reembolso será realizado mediante cheque. Sólo si el beneficiario se encuentra en el interior o fuera del país y anexa una certificación bancaria o printer con los datos personales y de la cuenta, se le aplicará el reembolso mediante transferencia bancaria.
Para solicitar el reembolso del saldo a favor del Impuesto Sobre la Renta (ISR) generado de las retenciones realizadas a los intereses recibidos, el contribuyente debe cumplir con alguna de las siguientes condiciones:
Base Legal: Ley 11-92, Art. 306 bis, Párrafo I, (modificado por la Ley 253-12).
Documentación Relacionada: Resolución Núm. DDG- AR1-2024-00001, Art. 4.
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