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jueves, 26 de noviembre de 2020 20:49

Cerrado

CA3336 ¿Puedo compensar el saldo a favor generado del IR-1 con el pago del IPI de un inmueble que posea?

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Solución oficial

hace 4 años

Actualmente no es posible compensar el saldo favor del IR-1 con el IPI, debido a que la legislación tributaria no contempla mecanismo de compensación entre estos impuestos.
 
Consideración importante:
El saldo a favor generado debe arrastrarse a los períodos subsiguientes, según lo establece el Artículo 317 del Código Tributario.

(Editado)