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miércoles, 3 de enero de 2018
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Oficial
hace 8 años
Para beneficiarse de las exenciones fiscales que otorga la Ley 158-01, debe tramitar su solicitud a través del Ministerio de Hacienda y Economía, quienes posteriormente referirán la autorización correspondiente a la DGII para que sea procesada.Base Legal: Decreto 162-11; Ley 45-25.
(Editado)
Oficial
Eliana Castillo
1.9K Mensajes
hace 8 años
Para beneficiarse de las exenciones fiscales que otorga la Ley 158-01, debe tramitar su solicitud a través del Ministerio de Hacienda y Economía, quienes posteriormente referirán la autorización correspondiente a la DGII para que sea procesada.
Base Legal: Decreto 162-11; Ley 45-25.
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