En el menú Herramientas, seleccione Solicitar Certificación.
En tipo de certificación elija Recibo de Pagos.
Digite el número de autorización y presione el botón Solicitar.
Le aparecerá en pantalla un aviso indicándole que la solicitud ha sido procesada y requiere que sea pagada con tarjeta de crédito, pulse la opción Aceptar.
En el menú Certificaciones seleccione la opción Consultar Certificaciones y presione el botón Pagar.
Complete la información requerida para efectuar el pago a través de su tarjeta de crédito.
Presione la opción Consultar Certificaciones e imprima su certificación.
Tiempo de respuesta: 24 horas laborables. Importante: A través de esta vía, no se encuentran disponibles las certificaciones de recibos de pago de impuestos de fianzas judiciales y depósitos en consignación, las de sucesiones y donaciones, las de transferencia inmobiliaria y las de hipoteca.
Trámite Comprometido en la Carta de Compromiso al Ciudadano 2021-2023.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central (solo grandes contribuyentes) o en las áreas de información de las Administraciones Locales de la DGII los siguientes documentos según sea el caso:
Certificación de recibo de pago de impuestos y servicios (IPI, aumento de capital, constitución de compañía, ISR, ITBIS, Vehículos, Otros):
Copia del acto de alguacil de oferta real de pago.
Recibo de cobro por servicios por valor de trescientos pesos (RD$300.00).
Copia del recibo del depósito en consignación (opcional).
Carta de autorización a terceros (aplica en caso de que la solicitud sea realizada por un tercero).
Copia de la Cédula de Identidad y Electoral, de ambos lados, del solicitante.
Tiempo de respuesta: 7 días laborables.
Nota: Estos requisitos aplican para las certificaciones de fondos consignados que fueron retirados por el consignatario/ beneficiario.
Importante:
Las certificaciones de recibo de pago confirman los pagos efectuados por los contribuyentes ante la institución por servicios o impuestos.
En las Administraciones Locales se emitirá el nuevo modelo de certificación, el cual no requiere firma ni sello, pues adquiere el sistema de seguridad de firma digital.
Las certificaciones de pago de sucesiones y donaciones, transferencias inmobiliarias e hipotecas emitidas bajo este modelo serán de entrega inmediata y podrán ser solicitadas en cualquier administración sin importar el lugar donde se haya realizado el pago.
El cobro por servicio únicamente se realiza si la certificación va a ser emitida.
El Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central solo recibe solicitudes de certificaciones de pago de Sucesiones y Donaciones, Transferencias Inmobiliarias e Hipotecas de grandes contribuyentes.
Base Legal:Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
Solución oficial
APC .
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hace 5 años
Puede solicitar una certificación de recibo de pago de impuestos a través de las siguientes vías:
Por la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:
Tiempo de respuesta: 24 horas laborables.
Importante:
A través de esta vía, no se encuentran disponibles las certificaciones de recibos de pago de impuestos de fianzas judiciales y depósitos en consignación, las de sucesiones y donaciones, las de transferencia inmobiliaria y las de hipoteca.
De manera presencial, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central (solo grandes contribuyentes) o en las áreas de información de las Administraciones Locales de la DGII los siguientes documentos según sea el caso:
Certificación de recibo de pago de impuestos y servicios (IPI, aumento de capital, constitución de compañía, ISR, ITBIS, Vehículos, Otros):
Certificación de recibo de pago de transferencia inmobiliaria o hipoteca:
Certificación de recibo de pago de sucesiones y donaciones:
Certificación de recibo de pago de fianzas judiciales
Certificación de recibo de pago de depósitos o retiro de fondos consignados:
Tiempo de respuesta: 7 días laborables.
Nota: Estos requisitos aplican para las certificaciones de fondos consignados que fueron retirados por el consignatario/ beneficiario.
Importante:
contribuyentes ante la institución por servicios o impuestos.
Base Legal: Ley No. 126-02 sobre Comercio Electrónico, Documentos y Firmas Digitales.
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