Se encuentran exentos del pago de los anticipos aquellos contribuyentes que por mandato del Código Tributario o de Leyes Especiales quedan absueltos del pago del Impuesto Sobre la renta (ISR). De igual manera, se encuentran exentos del pago de los anticipos aquellos contribuyentes que no se encuentran eximidos del pago del ISR, pero que al estar acogidos a ciertos regímenes de tributación quedan liberados de efectuar dicho pago
Solución oficial
MAMF
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hace 6 años
BaseLegal:Código tributario Art. 314 párrafo IV.
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