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La Cervecería Nacional Dominicana, RNC. 1-01-00116-1, nos emitió un Comprobante
valido para fines fiscales y nosotros que estamos al día con ustedes tanto en pagos como presentación ahora no podemos enviar el comprobante en nuestro envio de datos y aprovechar el ITBIS pagado por adelantado ya que la misma se encuentra bloqueada.
Entonces mi pregunta es: Preparo un Comprobante de Gasto menor y le Anexo la factura bloqueada y una copia de la consulta del NCF donde se muestran el numero de NCF y la Nota que indica que esta bloqueado y no podrá ser utilizado para fines fiscales?
Por que a mi entender si estoy al día, no debería de ser yo quien pague las consecuencias por que otro contribuyente se encuentre bloqueado. Por ello incluyo con nombre y RNC el mismo para que por favor nos iluminen a mi y a otros que seguramente están pasando por el mismo asunto.
aparte que el tribunal constitucional emitió la sentencia 0322-14, que prohíbe esta practica.
Robert Alexander Puffler Echavarria
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Publicado Hace 3 años
EYAA, Employee
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Robert Alexander Puffler Echavarria
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Y a ver cuando se regularizaría la situación de dicho contribuyente, por lo que si pasan algunos meses tendría que rectificar cuantos meses hayan pasado para arrastrar el saldo a favor que se generaría. No he visto cosa mas absurda que esta.
PD. No veo ninguna respuesta sobre a sentencia 0322-14.
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Robert Alexander Puffler Echavarria
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Las personas tienden a creer que por ser grandes contribuyentes quedan exentos de las consecuencias que acarrea el tener incongruencias con la renta, cuando en realidad el nivel de errores que cometen es mucho mayor, solo que al ser grandes contribuyentes regularmente corrigen sus errores, obligando a los pequeños a rectificar y lo digo por experiencia, aunque no tiene que ver con el proveedor que cité en este caso.
Robert Alexander Puffler Echavarria
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Por eso en mi pregunta inclui el RNC, para que pueda ser verificado y si el NCF no fuese de ellos simplemente dijese que no corresponde a ese RNC.
Independientemente de eso, el detalle es que la metodologia que estan utilizando (el disparate que estan usando), no afecta o castiga al que esta en falta por que en este caso la cerveceria presentara su ITBIS enviara sus envios de datos sin problema y el que se jode es el que adquirio el producto.
Ya anteriormente había tocado este tema y nunca me dieron una respuesta, al menos esta vez lo hicieron.
Edorgina Vicioso Matos contadora
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Lo primero es que en realidad la DGII busca técnicas para ayudarse a que le paguen los impuestos y esta es una manera de hacerlo, con todo el respeto.
Te recomiendo:
1ro. Entres a la dgii y revises que ese sea el RNC correcto de la cervecería.
2do. Llama a la cervecería y pregunta al departamento de contabilidad sobre este inconveniente, en dado caso que ellos si tengan el inconveniente, me imagino que están buscándole solución y no tendrán problema de emitir la misma factura de gasto, con el mes que sigue, o en el momento de resolver el problema.
Espero que esto te ayude en algo.
edorginavm@gmail.com
a la orden
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Lo malo, es que estamos a 20, fecha limite para el vio de los formatos y declaración del IT-1 sin recargos ni intereses.
Robert Alexander Puffler Echavarria
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De igual forma si el proveedor ya envió su ITBIS, dicha factura ya esta incluida por lo que no van a rectificar
Y si es la cervecería nacional, les incluí el RNC del Mismo como medio de comprobación aunque no la factura con NCF.
Quien tiene que buscar métodos para ir detrás de aquellos que estan en falta es la administración, no yo.
Pongamos el ejemplo de otro proveedor y que me emita una factura con una suma de ITBIS sumamente alta, la cual resultaría en un saldo a favor, el cual ya tenia contemplado y que resulte que este esta bloqueado, eso quiere decir que tendría que realizar un desembolso de dinero y cambiar la planeacion del mes que tuviese, por que simplemente un proveedor fue bloqueado por alguna inconsistencia y el castigado fue o fueron aquellos que usaron sus servicios o compraron algún bien o insumo.
Edorgina Vicioso Matos contadora
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