Si recibo un bien o servicio de un proveedor informal y yo estoy constituido como persona fisica , como justifico este gasto o como lo reporto ?
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Publicado Hace 2 años
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aunque las personas físicas no sean agente de retención,,, cundo se le presenten ciertas situaciones deben de aplicar lo que dice el código y sus normas complementaria .
en tal caso funcionan como tal en ese sentido son agente de pesepcion .
en su caso señor leudy debe de leer la siguente norma 08-2010
en tal caso funcionan como tal en ese sentido son agente de pesepcion .
en su caso señor leudy debe de leer la siguente norma 08-2010
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Disculpa Miguel, pero la norma a la que haces referencia tiene por objetivo instruir a retener cuando una persona jurídica le compra bienes que por su naturaleza son gravados a una persona física que no esta registrada como contribuyente, tal retención seria de 0.75 (75%) del valor del ITBIS, dejando en su poder el 0.25 (25%) del mismo.
Sabemos que las personas físicas no estan instituidas a que funjan como agentes de retención, pero cuando las hacen y las reportan la DGII no dice que no, porque al final representan ingresos fiscales.
Pero lo mejor que pudieran hacer es constituirse en una EIRL, así se evitan el no poder justificar ciertos gastos que por sus condiciones hay que reportarlos bajo la modalidad de proveedores informales.
Sabemos que las personas físicas no estan instituidas a que funjan como agentes de retención, pero cuando las hacen y las reportan la DGII no dice que no, porque al final representan ingresos fiscales.
Pero lo mejor que pudieran hacer es constituirse en una EIRL, así se evitan el no poder justificar ciertos gastos que por sus condiciones hay que reportarlos bajo la modalidad de proveedores informales.
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tiene razon señor pedro
EYAA, Employee
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Respuesta oficial
Para obtener asistencia personalizada con el tratamiento que debe darle a esta transacción, usted debe dirigirse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece.
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Debes llamar a fiscalización, pues no tú ni el tienen capacidad de retención. Si haces negocio con él, podrías entrar en un problema fiscal, pues ambos deberían impuestos. A mi entender no deberías hacer negocio con un onfomal no registrado. Si ese informal estuviese acogido a por lo menos un régimen, el estaría obligado a presentar los impuestos.
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