¿Qué debe hacerse con el ITBIS que ahora no puede presentarse como gastos en el renglon de suministros y servicios del B1, para aquellas empresas que no facturan ITBIS, a partir de los nuevos cambios en el IR-2 de marzo 2017?
Para obtener asistencia personalizada con el tratamiento contable y fiscal que debe darle a esta transacción, debe dirigirse al área de Fiscalización Interna de la Administración Local a la que pertenece.