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Buenos Días
Tengo una duda, si recibo por ejemplo una factura de abril después que hice mi declaración de ese mes y la recibo en mayo, yo se que el itbis ya no es deducible, pero esta factura debo o no enviarla en el 606 y si es así en cual fecha?, en la que dice la factura o en el mes que la recibo y pongo el itbis no deducible?
Gracias
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Publicado Hace 4 años
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1 Que te cambien la factura para el mes siguiente.
2 No compensar el itbis en el mes de Abril e ingresar la fact. en el 606 tal como está, itbis mas monto, solo aprovecharia el gasto, y reenvia el 606. Se pierde el itbis.
3 Rectificar el mes de Abril para compensar el ITBIS, EL 606 Y el It1
MJMM, Employee
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Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII.
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Gracias a ambos
En este punto
2 No compensar el itbis en el mes de Abril e ingresar la fact. en el 606 tal como está, itbis mas monto, solo aprovecharia el gasto, y reenvia el 606. Se pierde el itbis.
Si solo quiero aprovechar el gasto, debo volver a enviar la factura en abril o la puedo incluir en mayo?
Saludos
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osea que si lo haces como dices la incluyes en mayo y no te compensas el ITBIS
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MJMM, Employee
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