Saludos. Mi duda es la siguiente. Tengo un colmado ya convertido en mini market y deseo formalizarme con la DGII como persona física y me han dicho que como persona física no tendría la obligación de hacer retenciones. Pero si voy a pagar la renta del local y la persona no está formalizada con la DGII debería hacer una factura de proveedor informal y para que tenga sentido se debería retener el ITBIS y el ISR pero siendo persona física yo no debo hacerlo supuestamente. Explíquenme esto por favor. Y otra cosa: si comprara productos exentos del ITBIS personas no registradas, debería hacer la factura para proveedor informal sin tomar el ITBIS en cuenta ya que está exento? o hay otro procedimiento para esto? GRACIAS DE ANTEMANO COLEGAS