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Publicado Hace 10 meses
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Debes compensarte ese ITBIS con las ventas grabadas. Ese activo te ayuda a vender
RR, Employee
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Respuesta oficial
Buenas tardes, el tratamiento del ITBIS en compra de activos va a depender del tipo de contribuyente y la actividad económica que éste realiza, por lo que, le recomendamos que consulte con el área de Fiscalización Interna de su Administración Local, ya que es la encargada de instruir a los contribuyentes sobre el correcto llenado y los cálculos que poseen los formularios y declaraciones juradas.
Importante: Para conocer a cuál administración local pertenece, puede comunicarse a nuestro Centro de Contacto DGII (809) 689-3444 Santo Domingo, y sin cargos, al resto del país al 1(809)200-6060. De lunes a viernes de 8:00 A.M. a 5:00 P.M.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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