Buenas tardes, le informamos que los contribuyentes acogidos al PST no pagan anticipos del impuesto Sobre la Renta (ISR). Le exhortamos a canalizar su caso a través de su Oficial de Control en la Administración Local que le corresponde, a fin de que realicen las verificaciones de lugar y le suministren la información requerida.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!