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Publicado Hace 8 meses
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Buenos días Nancy
Con relación a tú inquietud debo hacerte las siguientes observaciones.
Dentro de una obra de construcción tendremos la clasificación de la siguientes nóminas:
A.- Empleados registrados en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social)
1.- Nómina Empleados Administrativos
2.- Nómina Empleados Fijos Obreros
Retenciones / descuentos a realizar en base a la nómina administrativos - fijos obreros
- Retención AFP, ARS, Impuestos Sobre la Renta
- Aportes del empleador AFP, ARS, ARL, INFOTEP
B.- Empleados por ajustes, contratados por trabajos dentro de la obra, maestros constructores y/o albañiles que no formen parte de la empresa, personal que no se encuentran registrados en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social).
Retenciones / descuentos a realizar en base al personal que mencionamos en el párrafo anterior,
- Retención exclusiva en base a la Norma 07-2007
Nota importante: Esta clasificación nunca será una camisa de fuerza, depende de las negociaciones que pueda realizar el Ing. Civil con los empleados; es decir, que dentro de una nómina fija podemos tener maestros constructores, albañiles, etc., todo va a depender la forma de contratación de estas personas.
A la espera de que esta información contribuya a aclarar dudas,
a tu orden 829-925-0405
Con relación a tú inquietud debo hacerte las siguientes observaciones.
Dentro de una obra de construcción tendremos la clasificación de la siguientes nóminas:
A.- Empleados registrados en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social)
1.- Nómina Empleados Administrativos
2.- Nómina Empleados Fijos Obreros
Retenciones / descuentos a realizar en base a la nómina administrativos - fijos obreros
- Retención AFP, ARS, Impuestos Sobre la Renta
- Aportes del empleador AFP, ARS, ARL, INFOTEP
B.- Empleados por ajustes, contratados por trabajos dentro de la obra, maestros constructores y/o albañiles que no formen parte de la empresa, personal que no se encuentran registrados en la TSS (Tesorería de la Seguridad Social).
Retenciones / descuentos a realizar en base al personal que mencionamos en el párrafo anterior,
- Retención exclusiva en base a la Norma 07-2007
Nota importante: Esta clasificación nunca será una camisa de fuerza, depende de las negociaciones que pueda realizar el Ing. Civil con los empleados; es decir, que dentro de una nómina fija podemos tener maestros constructores, albañiles, etc., todo va a depender la forma de contratación de estas personas.
A la espera de que esta información contribuya a aclarar dudas,
a tu orden 829-925-0405
RR, Employee
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Respuesta oficial
Buenas tardes Nancy, te exhortamos a solicitar una consulta tecnica para obtener una repuesta vinculante relacionada a tu inquietud. En ese sentido, debes depositar en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de información de la Administración Local más cercana, el siguiente documento:
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
1. Formulario Solicitud de Consultas Técnicas (FI-GLEGA-004), llenado y firmado (en el caso de Personas Jurídicas debe estar llenado, firmado y sellado).
Importante: el consultante o su representado debe tener un interés personal y directo sobre la aplicación de la ley a una situación concreta de carácter tributario, también debe exponer con claridad y precisión todos los elementos constitutivos de la situación planteada que motiva su consulta, es decir, indicando de manera expresa la empresa o contribuyente que directamente presenta la situación consultada, con datos exactos, claros y precisos sobre la situación, las operaciones o actividades que se efectúan en la situación, los impuestos sobre los cuales se consulta o las obligaciones fiscales que pueden derivarse. De igual manera puede indicar y fundamentar su opinión al respecto, así como anexar los documentos en que se fundamenta la consulta o sustenten su posición.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
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Mejor haz lo que te dice la oficial.
Ella lo que quiere es saber cómo manejar la nómina de los empleados de la construcción , pues fíjate que ellos son dependientes de la constructora pero se les descuenta solo el 2 % a maestros , obreros , albañiles ... y el 10 % en caso de arquitectos en ingeniería y, demás.
Hazte una consulta técnica.
Ella lo que quiere es saber cómo manejar la nómina de los empleados de la construcción , pues fíjate que ellos son dependientes de la constructora pero se les descuenta solo el 2 % a maestros , obreros , albañiles ... y el 10 % en caso de arquitectos en ingeniería y, demás.
Hazte una consulta técnica.
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asi es,lo que pasa es que me intriga que se presente la la ret. del 2% en el IR-17 mensual y la renta me lo compare con el 606 del mes y no cuadre, porque no tienen NCF para presentar ese pago de MAESTRO, AJUSTEROS Y OBREROS.
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Nancy Guzman
Lic. Pedro Anibal Baldera Rondon
Marco Ant. Guevaras
si necesitas asesoría al respecto 829-706-0075
Lic. Pedro Anibal Baldera Rondon
Marco Ant. Guevaras
Yarora Rosado
Marco Ant. Guevaras
Llevan otro trato por el hecho de que no se retiene itbis, ni se hace comprobante para justificar el gasto.
cualquier información adicional al respecto 829-706-0075
Yarora Rosado