Sí, puede vender o donar sus soluciones fiscales. En estos casos deben:
Inactivar el equipo en la oficina virtual (Bitácora Electrónica), a más tardar tres (3) días luego de realizar la venta o donación.
Notificar al Departamento de Autorización y Verificación de la Gerencia de Facturación, depositando en el Centro de Asistencia al Contribuyente de la sede central o en el área de Información de la Administración Local a la que pertenece, los siguientes documentos:
Carta de solicitud firmada que indique la marca, modelo, No. de serie, no. de NIF del equipo a traspasar y los datos correspondientes al traspaso (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
Copia del acto de venta o acto de donación notariado y legalizado que indique los datos del equipo trasferido.
Consideraciones Importantes: En caso que el equipo fiscal haya sido otorgado por la DGII no puede ser vendido o donado. En este caso debe ser entregado a la Administración Local a la que pertenece, en un plazo no mayor de cinco (5) días laborables, tomando en cuenta que previo a esto, deben estar al día con la remisión de las ventas generadas por este equipo hasta el último día de operaciones
Respuestas
Solución oficial
mamf
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hace 2 años
- Carta de solicitud firmada que indique la marca, modelo, No. de serie, no. de NIF del equipo a traspasar y los datos correspondientes al traspaso (en el caso de Personas Jurídicas debe estar timbrada, firmada y sellada).
- Copia del acto de venta o acto de donación notariado y legalizado que indique los datos del equipo trasferido.
Consideraciones Importantes:En caso que el equipo fiscal haya sido otorgado por la DGII no puede ser vendido o donado. En este caso debe ser entregado a la Administración Local a la que pertenece, en un plazo no mayor de cinco (5) días laborables, tomando en cuenta que previo a esto, deben estar al día con la remisión de las ventas generadas por este equipo hasta el último día de operaciones
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