Sí, las secuencias de Números de Comprobantes Fiscales (NCF) que corresponden a facturas de crédito deben ser utilizadas dentro de un periodo de dos (2) años calendarios, incluyendo el año en que fueron autorizadas.
Consideraciones Importantes:
Las secuencias de NCF que correspondan a facturas de consumo, notas de crédito y registro único de ingresos no vencen.
Antes de agotar los NCF asignados, el contribuyente podrá solicitar nuevas secuencias, por tipo de comprobante siempre y cuando haya reportado al momento de la solicitud los NCF emitidos del mismo tipo en los formatos de envío de información dispuestos en la normativa vigente.
Respuestas
Solución oficial
jcqj
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hace 3 años
Consideraciones Importantes:
Base Legal: Norma General 06-2018, Art. 6.
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