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viernes, 12 de noviembre de 2021 19:53

Cerrado

CA4675 ¿Puedo acogerme a las facilidades de pago de la circular 08 para realizar la transferencia de un inmueble o un vehículo?

CA4675 ¿Puedo acogerme a las facilidades de pago de la circular 08 para realizar la transferencia de un inmueble o un vehículo?

Solución oficial

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hace 2 años

Sí, puedo acogerse a las facilidades de pago de la circular 08 para realizar la transferencia de un inmueble o un vehículo.

Para la transferencia de un Inmueble, debe depositar en la Administración Local mas cercana, los siguientes documentos:

  1. Formulario de Solicitud Facilidades de Pago Vigentes (FI-ADML-016) firmado, en el caso de Personas Jurídicas debe estar firmado y sellado.
  2. Acto de transferencia original y dos (2) copias notarizado.
  3. Copia del título del inmueble o propiedad.
  4. Dos (2) copias de la Cédula de Identidad y Electoral del comprador o adquiriente, de ambos lados, (aplica en caso de Personas Físicas).
  5. Dos (2) copias de Cédula de Identidad y Electoral del vendedor o cedente, de ambos lados (aplica en caso de Personas Físicas).
  6. Efectuar el pago del 3% del valor del inmueble o propiedad.
  7. Efectuar el pago de RD$ 20.00 establecido en la Ley 33-91.
  8. Copia de la Cédula de Identidad y Electoral de ambos lados del representante (aplica en caso de que sea un representante que realice la solicitud).

En el caso de la transferencia de un Vehículo, solo es requerido agotar el procedimiento para el traspaso.

Importante: 

Estos tipos de solicitud no están disponible por la Oficina Virtual.

Base Legal: Circular 08.

(Editado)