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CA4670 ¿Puedo optar por las facilidades de pago que ofrece la circular 08 en la modalidad de acuerdo de pago teniendo otras deudas pendientes?
¿Puedo optar por las facilidades de pago que ofrece la circular 08 en la modalidad de acuerdo de pago teniendo otras deudas pendientes?
Solución oficial
APC .
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hace 2 años
Para beneficiarse de las facilidades de pago que ofrece la circular 08 en la modalidad de acuerdo de pago, el acuerdo debe abarcar de manera integral todos los impuestos adeudados* durante el periodo beneficiado.
Importante:
Para formalizar el acuerdo se requerirá como pago inicial mínimo de un 10% del total que resulte de la sumatoria del impuesto más los intereses indemnizatorios generados a la fecha de generación del acuerdo.
*Los anticipos del Impuesto Sobre la Renta y las Retenciones en general no serán incluidos en el acuerdo de pago, por lo que, el contribuyente deberá saldar las deudas por estos conceptos en un pago único junto con el inicial del acuerdo.
Base Legal: Circular 08, Art. 6
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