Perfil de Candida Valdez

jueves, 16 de enero de 2025 19:39

Cerrado

SOLICITUD DE AUTORIZACION PARA QUE PROVEEDORES NOS FACTUREN SIN ITBIS

Cuál es el procedimiento para solicitar que proveedores locales nos facturen sin ITBIS utilizando NCF de Regimen Especial, ya que somos una procesadora de agua y nuestra actividad no está gravada con ITBIS.

Solución oficial

Buenas tardes, Candida. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, los contribuyentes acogidos a regímenes especiales de tributación deben solicitar la exención del Impuesto a la Transferencia de Bienes Industrializados y Servicios (ITBIS) a través de la Oficina Virtual, llevando a cabo los siguientes pasos:

  1. Ingrese con su usuario y clave a la Oficina Virtual.
  2. En el menú Solicitudes pulse la opción Solicitar Trámites y en Seleccionar tipo de solicitud, elija Solicitud de Exención de Impuestos ITBIS/ISC.
  3. Complete o seleccione los datos solicitados, según aplique.
  4. Adjunte la documentación correspondiente a la solicitud realizada y presione el botón Enviar.
  5. Visualizará en pantalla un número de caso para su posterior seguimiento.

 La documentación a adjuntar es la siguiente:

  • Autorización del organismo rector: Ministerio de Hacienda (en caso de contribuyentes acogidos a regímenes especiales de tributación, contribuyentes que poseen contratos con el Estado e iglesias no católicas), Arzobispado, Obispado o Diócesis (en caso de Iglesias Católicas) o Ministerio de Relaciones Exteriores (en caso de misiones diplomáticas, organismos internacionales y la USAID).
  • Cotización o factura proforma (original o copia) del bien o servicio para el cual se solicita la exención, con el ITBIS transparentado, firmada y sellada.
  • Nota verbal (carta) de la misión diplomática u organismo internacional tramitada a través del Ministerio de Relaciones Exteriores (aplica en caso de misiones diplomáticas y organismos internacionales, la USAID y la embajada de los Estados Unidos).
  • Comprobante de pago del Ministerio de Hacienda.
  • Copia del oficio del Ministerio de Hacienda que indique el número de la orden de exoneración (aplica cuando se trate de solicitudes de exoneración de ITBIS en la compra de vehículos exonerados de impuestos de importación para Misiones Diplomáticas, Organismos Internaciones, Iglesias Católicas y otras Iglesias).
  • Copia de la carta de endoso de la empresa importadora del vehículo (aplica cuando se trate de solicitudes de exoneración de ITBIS en la compra de vehículos exonerados de impuestos de importación para Misiones Diplomáticas, Organismos Internaciones, Iglesias Católicas y otras Iglesias que figuran a nombre de la empresa importadora).

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!

 

Es un placer servirle.

4 Mensajes

El contribuyente no está acogido a un Régimen Especial, pero su actividad principal, que es el procesamiento de agua tratada, está exenta de ITBIS, por lo que entendemos que podemos acogernos a la norma general 03-2007 art. 7, para que los productores locales nos facturen sin ITBIS

Buenos días, Cándida. ¡Gracias por contactarnos!

 

En atención a su consulta, le informamos que, si no está acogido a un Régimen Especial de Tributación no le corresponde que sus proveedores le facturen sin ITBIS, debido a que, el servicio que usted brinda no se encuentra gravado, sin embargo, las compras que realiza si, por lo que, dicho ITBIS que usted paga no podrá compensárselo, por lo que, por la naturaleza de su actividad debe ser llevado al costo.

 

Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.

 

Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.

 

Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.

 

Visite: www.dgii.gov.do/ofv.

 

Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial

por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.

 

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