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Retención a personas físicas extranjera residentes en el país
Buenos días,
si una persona jurídica contrato los servicios de una persona física extranjera la cual posee pasaporte y es residente en el país, la misma no encuentra registrada en DGII, que tipo de retención del ISR debo realizar el 10% o el 27% ?


Solución aceptada
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos Internos
7.6K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Reyna. ¡Gracias por contactarnos!
En atención a su consulta, le informamos que, como no es nacionalizado en esta país (no posee cédula), el mismo es considera como un Pago al Exterior y debe realizar la retención del 27%.
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
Recuerde que las discusiones serán cerradas al día siguiente de emitida la respuesta oficial por parte del personal de la institución de conformidad con lo establecido en las Normas de Uso de la Comunidad de Ayuda DGII.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
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