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jue., 25 de abr. de 2019 2:17
Cerrado
Reenvio 607
Buenas noches.
Mi inquietud es la siguiente: El reenvió de el formulario de ventas 607 tiene caducidad al momento de realizar la declaración jurada del periodo o caduca luego de vencer la fecha limite para la declaración Jurada?
Esta pregunta surge debido a que en ocaciones es necesario enviar los 607 incompletos para solicitar comprobantes luego de haber consumido la cantidad otorgada por la DGII.
Saludos
Mi inquietud es la siguiente: El reenvió de el formulario de ventas 607 tiene caducidad al momento de realizar la declaración jurada del periodo o caduca luego de vencer la fecha limite para la declaración Jurada?
Esta pregunta surge debido a que en ocaciones es necesario enviar los 607 incompletos para solicitar comprobantes luego de haber consumido la cantidad otorgada por la DGII.
Saludos
Pregunta
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Actualizado
hace 2 años
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Respuestas
Solución oficial
bd
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hace 2 años
Esta forma de remisión es solo para que el sistema reconozca que has utilizado una cantidad X de NCF y necesitas más, por lo que, no te exime de enviar el Formato de Envío de Ventas de Bienes y Servicios (607) de manera definitiva en la fecha establecida (dentro de los primeros 15 días del mes siguiente al de la facturación del bien o servicio).
Nota: En caso de que presentaras la Declaración Jurada del Período antes de realizar el envío del 607 definitivo, tendrás que realizar una rectificativa de dicha declaración.
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda!
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ryan_philippe
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juana_de_jesus
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hace 2 años
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devorah_velazquez
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hace 2 años
El 607 lo puedes reenviar cuántas veces quieras. Lo único es que debes modificar tu IT-1.
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