36 Mensajes
Pregunta
Saludos
El ITBIS que retengo cuando compro un servicio a una persona física no registrada solo debo ponerlo en ITBIS retenido en mi 606 o también debo ponerlo en ITBIS facturado?
36 Mensajes
Saludos
El ITBIS que retengo cuando compro un servicio a una persona física no registrada solo debo ponerlo en ITBIS retenido en mi 606 o también debo ponerlo en ITBIS facturado?
Solución oficial
Comunidad de Ayuda de Dirección General de Impuestos DGII
12.1K Mensajes
hace 3 meses
Buenos días, Nancy. Gracias por contactarnos.
En atención a su inquietud, le informamos que, cuando efectúe pagos a personas físicas no registradas ante esta Dirección General por servicios gravados no desempeñados en relación de dependencia, deberá especificar tanto el ITBIS Facturado y el ITBIS Retenido (si aplicaba retención) en el Formato de Compra de Bienes y Servicios (606).
Su experiencia en el servicio es importante para nosotros.
Agradecemos su opinión completando esta breve encuesta:
Acceda aquí: (http://ms.spr.ly/61212jZw9Y)
Déjenos saber si se encuentra satisfecho con esta respuesta, haciendo clic en “Marcar como respuesta aceptada” en las opciones que aparecen debajo.
Recuerde que a través de la Oficina Virtual puede realizar sus solicitudes, presentaciones y consultas de manera fácil y segura.
Visite: www.dgii.gov.do/ofv
¡Gracias por utilizar la Comunidad de Ayuda de la DGII!
Es un placer servirle.
0
0